Estas son las cuatro veces que la Suprema Corte rechazó realizar una consulta ciudadana en México

En una de ellas, la encargada de realizar el proyecto donde se declaraba inconstitucional la consulta popular fue la entonces ministra Olga Sánchez Cordero, quien hoy es secretaria de Gobernación con AMLO

infobae.com

A pesar de que la primera solicitud fue rechazada por falta de firmas, el grupo parlamentario de Morena, el partido de la mayoría en ambas Cámaras del Congreso, confirmó este domingo su intención de seguir adelante con la propuesta de una consulta ciudadana para enjuiciar a ex presidentes de México.

Ante este panorama, el partido del presidente Andrés Manuel López Obrador necesita 43 firmas de senadores y, de acuerdo con sus propios líderes en el Senado, contaría con más de 60, por lo que se espera que el proceso avance en los próximos días.

Sin embargo, los legisladores acordaron crear una comisión especial que se encargará de elaborar un documento técnico, unificado, “que soporte cualquier circunstancia”, de acuerdo con las palabras del coordinador de los senadores de Morena, Ricardo Monreal.

Los senadores de Morena acordaron seguir adelante con el proceso para la consulta ciudadana contra ex presidentes (Foto: Twitter @monicafernandezbal)Los senadores de Morena acordaron seguir adelante con el proceso para la consulta ciudadana contra ex presidentes (Foto: Twitter @monicafernandezbal)

Y es que, más allá del apoyo mayoritario de los senadores morenistas de la propuesta de realizar una consulta popular para castigar a ex mandatarios, incluidos Enrique Peña Nieto, Felipe Calderón, Vicente Fox y Carlos Salinas de Gortari, hay una barrera importante que nadie ha superado hasta ahora.

Así lo explicó Monreal en un documento consultado por Infobae México sobre la breve historia de la consulta ciudadana, que fue instaurada constitucionalmente en 2014.

Una vez que Morena reciba el proyecto de la comisión creada este domingo, algo que sucederá en dos días, la Mesa Directiva del Senado dará cuenta de la misma y la enviará de manera directa a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

La solicitud de la consulta popular debe seguir una serie de pasos para poder realizarse (Foto: Cuartoscuro)La solicitud de la consulta popular debe seguir una serie de pasos para poder realizarse (Foto: Cuartoscuro)

Un detalle importante es que al Alto Tribunal también se debe enviar la propuesta de pregunta que se realizará en la consulta popular, para que resuelva sobre su constitucionalidad dentro de un plazo de 20 días naturales.

La SCJN deberá revisar que la pregunta no sea tendenciosa o contenga juicios de valor; emplee lenguaje neutro, sencillo y comprensible, y produzca una respuesta categórica en sentido positivo o negativo. “En su caso, podrá realizar las modificaciones a la pregunta”, indica el artículo 26 de la Ley Federal de Consulta Popular.

Si la Suprema Corte avala su constitucionalidad, podrá ser discutida en las comisiones de la Cámara de origen y deberá ser aprobada, en su caso, por mayorías simples en ambas Cámaras del Congreso. Para ello deberá contar con el aval del máximo Tribunal del país, algo que nunca ha ocurrido hasta ahora.

Cuatro intentos, cuatro rechazos

La SCJN ha rechazado las cuatro propuestas de consulta realizadas hasta ahora (Foto: Diego Simón Sánchez/ Cuartoscuro)La SCJN ha rechazado las cuatro propuestas de consulta realizadas hasta ahora (Foto: Diego Simón Sánchez/ Cuartoscuro)

En contra de Morena juegan los antecedentes. Durante 2014, el año en que fue aprobada la reforma para incluir este mecanismo en la Constitución, se presentaron cuatro propuestas de consultas populares sobre diferentes temas, pero todas ellas contaron con una característica común: fueron rechazadas por la Corte.

Tres de estas propuestas fueron rechazadas en una misma sesión de la Corte, realizada a finales de octubre de 2014. Dos de las solicitudes estaban relacionadas con la reforma energética planteada por el gobierno de Peña Nieto.

Una de ellas, la presentada por López Obrador y sus seguidores del partido Morena, hoy en el poder, buscaba realizar una consulta de este tipo con la siguiente pregunta: “¿Estás de acuerdo o no en que se otorguen contratos o concesiones a particulares, nacionales o extranjeros, para la explotación del petróleo, el gas, la refinación, la petroquímica y la industria eléctrica?”.

La consulta planteada por el PRD sobre la reforma energética también fue rechazada por la SCJN (Foto: Cuartoscuro)La consulta planteada por el PRD sobre la reforma energética también fue rechazada por la SCJN (Foto: Cuartoscuro)

La otra fue promovida por el PRD (Partido de la Revolución Democrática). A pesar de referirse al mismo tema, la pregunta era distinta: “¿Está de acuerdo en que se mantengan las reformas a los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución en materia energética?”.

Ambas fueron calificadas como inconstitucionales por abrumadora mayoría: los ministros del Pleno de la Corte votaron 9-1. “Es inconstitucional la solicitud de consulta popular formulada”, señalaron para ambas.

Curiosamente, el proyecto para declarar inconstitucional la consulta solicitada por Morena fue realizado por la entonces ministra Olga Sánchez Cordero, quien hoy es la secretaria de Gobernación de López Obrador, uno de los puestos más poderosos del gabinete.

AMLO y Morena presentaron una propuesta de consulta popular que fue rechazada por la SCJN en un proyecto que elaboró Sánchez Cordero (Foto: Cuartoscuro)AMLO y Morena presentaron una propuesta de consulta popular que fue rechazada por la SCJN en un proyecto que elaboró Sánchez Cordero (Foto: Cuartoscuro)

En la misma sesión del 29 de octubre, la SCJN también rechazó una tercera solicitud para realizar una consulta ciudadana, en este caso solicitada por el integrante del PAN (Partido Acción Nacional) Gustavo Madero y otros sobre el salario mínimo.

La pregunta: “¿Estás de acuerdo en que la Ley Federal del Trabajo establezca que la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos fije un nuevo salario mínimo que cubra todas las necesidades de una familia para garantizar al menos la línea de bienestar determinada por el CONEVAL?”.

Sin embargo, el ministro José Ramón Cossío, encargado del proyecto, la calificó como inconstitucional y la Corte la rechazó por una mayoría de seis votos.

La consulta del PRI para eliminar una parte de los legisladores "plurinominales" tampoco rindió frutos (Foto: Cuartoscuro)La consulta del PRI para eliminar una parte de los legisladores “plurinominales” tampoco rindió frutos (Foto: Cuartoscuro)

La cuarta consulta ciudadana fue rechazada unas semanas después, en noviembre. Se trató de una solicitud presentada por el PRI (Partido de la Revolución Institucional), que buscaba eliminar una parte de los diputados conocidos como “plurinominales”, que son elegidos por representación proporcional.

La pregunta era la siguiente: “¿Estás de acuerdo en que se modifique la Constitución para que se eliminen 100 de las 200 diputaciones federales plurinominales y las 32 senadurías plurinominales?”.

En este caso, presentado por el ministro José Fernando Franco González-Salas, la Corte votó por unanimidad de nueve votos, declarando la materia de consulta popular inconstitucional.

El futuro de la consulta para enjuiciar presidentes

Si consigue cumplir con todos los requisitos, incluido el visto bueno de la SCJN, la consulta se realizaría el 1 de agosto de 2021 (Foto: Cuartoscuro)Si consigue cumplir con todos los requisitos, incluido el visto bueno de la SCJN, la consulta se realizaría el 1 de agosto de 2021 (Foto: Cuartoscuro)

Para Monreal, la conclusión es que “es viable la solicitud de consulta popular”. Sin embargo, la calificación sobre su constitucionalidad depende del estudio que al respecto realice la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Además, recordó que se tiene hasta el 15 de septiembre del año previo al en que se realice la jornada electoral federal para que se presente la consulta popular. “Atendiendo al principio de supremacía constitucional, la consulta deberá celebrarse el primer domingo de agosto”, que sería el 1 de agosto de 2021.

Por último, para que el resultado sea vinculante, en caso de que se llegue a ese punto, se necesita una participación del 40% de los ciudadanos inscritos en la lista nominal, es decir, poco más de 44.4 millones de participantes.

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