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Diputados alistan debate sobre nueva reforma contra el abuso s3xual en México

Pretenden ampliar la definición del delito para garantizar sanciones sin importar si la agresión ocurre en entornos públicos o particulares.

infobae.com

En el contexto de las discusiones legislativas que marcarán el próximo 2026, la Cámara de Diputados se prepara para abordar uno de los temas más sensibles y demandados por la sociedad mexicana: la reforma al Código Penal Federal en materia de abuso s3xual.

El diputado Ricardo Monreal Ávila, quien coordina el Grupo Parlamentario de Morena y preside la Junta de Coordinación Política, dio a conocer que será en el periodo ordinario de sesiones de 2026 cuando se discuta la minuta enviada por el Senado de la República, la cual busca redefinir endurecer las sanciones contra este delito.

Nueva definición de abuso s3xual y enfoque en el consentimiento

El 9 de diciembre de 2025, el Senado remitió a la Cámara de Diputados una minuta para reformar los artículos 260 y 266 Bis del Código Penal Federal, según detalló Ricardo Monreal Ávila.

Esta iniciativa, presentada por las senadoras Laura Itzel Castillo JuárezMartha Lucía Micher Camarena y la diputada Anais Miriam Burgos Hernández, todas de Morena, apunta a una redefinición integral del abuso sexual.

El objetivo principal es que el artículo 260 cuente con una descripción “más amplia, clara y acorde a los estándares internacionales”, incorporando la ausencia de consentimiento como elemento central, así como enfatizando que “el silencio, la pasividad o la falta de resistencia de la víctima no implicarán el consentimiento”, remarcó Monreal Ávila.

En la propuesta, se especifica que el consentimiento no podrá presumirse si la voluntad de la persona fue anulada o viciada a través de violencia, intimidación, engaño, amenazas, abuso de confianza, autoridad o situaciones de vulnerabilidad.

Además, el texto subraya que tampoco el silencio, la pasividad o la ausencia de resistencia física deben interpretarse como consentimiento para un acto sexual. “Queda claro que cualquier acto sexual sin consentimiento constituye abuso, incluyendo tocamientos, caricias o representaciones explícitas”, puntualizó el legislador.

De enero a noviembre de 2025 se han registrado 7 mil 361 llamadas de emergencia relacionadas con incidentes de abuso sexual en México.

Sanciones más severas y medidas de reparación

El documento que integra la Agenda Legislativa 2026 de Morena detalla que la reforma prevé, dentro del artículo 260, definir las sanciones para el abuso sexual y los casos en los que éstas pueden aumentar.

Por ello, se plantea modificar el artículo 266 Bis, el cual actualmente establece agravantes para este delito y para la violación. La reforma no elimina esas circunstancias agravantes, sino que las amplía y clarifica, incluyendo la posibilidad de que el abuso sexual ocurra tanto en el ámbito público como en el privado.

La propuesta actualiza la pena de prisión, que quedaría establecida de tres a siete años, y suma una sanción económica. Además, los responsables deberán acudir a talleres reeducativos con perspectiva de género y no violencia, o bien cumplir con servicio social en beneficio del Estado, junto con la reparación del daño conforme a la Ley General de Víctimas.

“La condena se agravará si el abuso sexual implica violencia físicapsicológica moral; ocurre en lugares despoblados; o existe un vínculo de parentesco, confianza, laboral, educativo, deportivo, artístico o religioso entre víctima y agresor”, agregó Monreal Ávila. Otro dato relevante es que el delito será perseguido de oficio, es decir, sin requerir denuncia previa de la víctima.

Protección integral y alineación con estándares internacionales

Monreal Ávila subrayó que la reforma no sólo busca actualizar la legislación, sino que también responde a la obligación del Estado mexicano de prevenir, sancionar y erradicar la violencia sexual, especialmente en contextos donde las víctimas se encuentran en situación de vulnerabilidad o existe abuso de poder.

La finalidad de la iniciativa es asegurar una convivencia social basada en el respeto mutuo de la integridad corporal, la autodeterminación sexual y la dignidad de todas las personas, garantizando así el orden y la paz comunitarios.

La conceptualización del abuso sexual como un acto que puede ocurrir tanto en lo público como en lo privado elimina cargas probatorias adicionales para las víctimas, ampliando la esfera de protección y adaptando la normativa a los estándares internacionales.

“De este modo, la iniciativa es congruente con los valores estructurales del Estado mexicano y con los derechos de libertad y autodeterminación sexual, dignidad humana, integridad personal y libre desarrollo de la personalidad, por lo que contribuye a una mayor protección de las víctimas, especialmente de mujeres, niñas, niños y adolescentes”, concluyó Ricardo Monreal Ávila.

Puntos relevantes sobre la reforma al Código Penal Federal en materia de abuso sexual

  1. Nueva definición de abuso sexual: La reforma aclara que el abuso sexual ocurre cuando no hay consentimiento, y que el silencio o la falta de resistencia de la víctima no significan que haya consentimiento.
  2. Sanciones más estrictas: Quienes cometan abuso sexual podrían ir a prisión de tres a siete años, pagar una multa, tomar talleres sobre género y no violencia, hacer servicio social y reparar el daño a la víctima.
  3. Agravantes y denuncia: Si hay violencia, relación de confianza o parentesco, la pena será mayor. El delito podrá ser investigado sin que la víctima tenga que denunciar.
  4. Protección para víctimas vulnerables: La ley protegerá mejor a quienes están en situación de vulnerabilidad o sufren abuso de poder, facilitando la denuncia y reparación.
  5. Cumplimiento de estándares internacionales: La reforma adapta la ley mexicana a reglas internacionales para proteger a todas las personas, especialmente mujeres, niñas, niños y adolescentes, tanto en espacios públicos como privados.
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