El Senado aprobó una reforma para elevar la pena máxima por abuso sexual a 9 años de cárcel. La nueva ley incorpora medidas complementarias como talleres de reeducación para agresores y apoyo para las víctimas.
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El Senado de la República aprobó, por unanimidad de 97 votos, una reforma al Código Penal Federal que transforma por completo la definición del delito de abuso sexual y eleva significativamente las sanciones.
El dictamen, que ahora pasará a la Cámara de Diputados, coloca el consentimiento en el centro de la norma y establece penas más severas para quienes cometan agresiones de carácter sexual.
La iniciativa tomó fuerza tras la agresión ocurrida el 4 de noviembre contra la presidenta Claudia Sheinbaum, un hecho que detonó la urgencia legislativa para actualizar el marco penal.
El proyecto fue elaborado de manera conjunta entre el Senado, la Secretaría de las Mujeres y diputadas de la Comisión de Igualdad, con el objetivo de cerrar brechas legales que, hasta ahora, dificultaban el acceso a la justicia para las víctimas.
Redefinición del delito y enfoque en el consentimiento
La reforma establece que cualquier acto sexual realizado sin consentimiento constituye abuso sexual.
La pena base se fija entre 3 y 7 años de prisión, aunque puede alcanzar hasta 9 años cuando se acrediten circunstancias agravantes. Además, el delito se perseguirá de oficio, lo que permitirá iniciar investigaciones aun sin denuncia formal.
Para legisladoras como Martha Lucía Mícher, presidenta de la Comisión de Igualdad de Género, este cambio corrige criterios que minimizaban la violencia sexual.
Afirmó que, históricamente, se eximía a agresores bajo el argumento de que la víctima “no se defendió o no gritó”, algo que la nueva redacción elimina por completo.
Senadoras de distintas bancadas respaldaron la actualización legal
Alejandra Barrales, de Movimiento Ciudadano, comparó el avance con el modelo español conocido como “solo sí es sí”, mientras que Gina Campuzano, del PAN, señaló que la ley finalmente reconoce que muchas mujeres quedan inmovilizadas ante el miedo, por lo que la ausencia de resistencia no debe interpretarse como consentimiento.
Carolina Viggiano, del PRI, celebró la reforma, aunque señaló que su eficacia dependerá de los recursos destinados a la capacitación de operadores del sistema de justicia.
La reforma también actualiza los artículos 260 y 266 Bis del Código Penal Federal, reforzando un marco sancionatorio más estricto en delitos relacionados con la integridad y la autodeterminación sexual.
Entre las circunstancias agravantes que pueden aumentar las penas hasta en una tercera parte se incluyen:
- Uso de violencia física o moral
- Participación de dos o más agresores
- Cometido en lugares aislados
- Cuando el responsable sea servidor público, docente, ministro de culto o cuidador
- Contra víctimas inconscientes, bajo efectos de sustancias, embarazadas o en puerperio
- Ataques motivados por género, orientación sexual o identidad de género
- Cometidos contra personas en situación de vulnerabilidad o defensoras de derechos humanos
Aunque el dictamen contempla acciones complementarias como talleres de reeducación y apoyo psicológico a víctimas, el eje central es el aumento de la responsabilidad penal y la prisión obligatoria para agresores.
Además, el pleno del Senado aprobó reformas a 17 leyes y normas para asegurar coherencia jurídica y fortalecer la igualdad sustantiva en todo el marco legal mexicano.
Con este paquete legislativo, México da un paso significativo hacia la protección efectiva de la libertad y dignidad sexual, colocando el consentimiento como eje rector y reforzando las herramientas legales para combatir la violencia sexual.

