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¿Esperas dinero del SAT? Revisa si cumples los requisitos para el depósito

El organismo fiscalizador estableció límites y condiciones para el reembolso de saldo a favor; quienes superen los 150 mil pesos o tengan inconsistencias deberán realizar el trámite de forma manual.

Con el cierre de la campaña de Declaración Anual 2026 a la vuelta de la esquina, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha clarificado las reglas para la devolución automática del saldo a favor correspondiente al ejercicio fiscal 2025. Aunque el derecho a recibir el excedente de impuestos pagados es universal para las personas físicas, la modalidad de depósito automático no aplicará para todos, obligando a miles de contribuyentes a realizar un proceso administrativo adicional.

De acuerdo con los lineamientos vigentes, quedan excluidos del sistema automático aquellos contribuyentes cuyo saldo a favor sea superior a los 150 mil pesos. Asimismo, las personas que obtuvieron ingresos a través de copropiedad, sociedad conyugal o sucesión, deberán solicitar su dinero mediante el Formato Electrónico de Devoluciones (FED). Esta restricción también alcanza a quienes presenten inconsistencias en su situación fiscal, como certificados digitales cancelados o domicilios no localizados.

Es fundamental recordar que la fecha límite para presentar la declaración es el 30 de abril de 2026. Para montos superiores a 10 mil pesos, el uso de la e.firma es obligatorio para que el sistema procese la solicitud. Si el contribuyente no selecciona la opción de «devolución» al momento de enviar su declaración o si proporciona una cuenta CLABE que no esté a su nombre, el saldo quedará congelado hasta que se solventen las aclaraciones correspondientes ante la autoridad fiscal.

Fuente: SAT y Prodecon | © Redacción NoticiasPV Nayarit

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